CONTRATO PARA TRABAJADORES FIJOS DISCONTINUOS

Se trata de un contrato indefinido destinado a aquellos trabajadores que reallizan tareas habituales en las empresas, solo en determinados periodos del año. Estos períodos no deben repetirse en fechas ciertas y determinadas, sino que suelen depender de factores climatológicos, por lo que, no se conoce con seguridad el momento en que se va a necesitar al trabajador. El trabajador tiene derecho a ser llamado todos los años, pero no save exactamente cuándo.
Por ejemplo, este contrato se formaliza para acrividades estacionales como la recogida de fresa.
  • Forma: por escrito
  • Duración: los trabajadores se incorporan a la empresa, en principio hasta alcanzar la edad de jubilación.
INCENTIVOS DEL CONTRATO FIJO-DISCONTINUO
Este contrato puede acogerse a la reducción de la indemnización por despido de 33 días de salario por año de servicio y hasta un máximo de 24 mensualidades, establecidas en la D.A 1ª de la Ley 12/2001, de 9 de julio, siempre que el empleador reúna los requisitos pertinentes y el trabajador pertenezca alguno de los colectivos siguientes:
  • Jóvenes entre 16 y 30 años.
  • Mujeres desempleadas cuando se contratan para prestar servicios en profesiones con menor índice de empleo femenino.
  • Mayores de 45 años.
  • Parados inscritos, al menos, seis meses como demandantes de empleo.
  • Minusválidos.

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